La tercera sala de la Corte Suprema confirmó la sentencia que estableció el actuar arbitrario de la Municipalidad de Talca y de la empresa Inversión Andina Limitada, al impedir el acceso a grupo de locatarios a sector del terminal de buses de la ciudad por trabajos de remodelación.
En fallo unánime, esta sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Ángela Vivanco y los abogados (i) Álvaro Quintanilla y Pedro Pierry– confirmó la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Talca, que acogió la acción cautelar.
Los magistrados concluyeron que la medida dictada por el municipio y la empresa concesionaria “deja a los recurrentes en una situación desmedrada al desconocerse un derecho que se ha dado por supuesto al permitirse no sólo salida por varios años al Sector H del Terminal de Buses desde sus locales comerciales, sino también la instalación de sus mercaderías y publicidad”.
La resolución agrega que de esta manera se vulneró una garantía constitucional, “impidiendo con su actuación el ejercicio de los atributos del dominio de que es titular la parte recurrente, en cuanto impide el acceso a los locales comerciales por una de sus vías, limitándola a un espacio reducido, e impidiendo el libre ejercicio de la actividad económica en los términos que los recurrentes por años venían realizando”.
Por estos motivos se confirma la sentencia apelada, “con declaración que las medidas de mitigación necesarias que las recurridas deberán realizar, se efectuarán mientras se ejecutan los trabajos de remodelación del Terminal de Buses de Talca”.