La iniciativa pasa a su segundo trámite en la Cámara de Diputados.
La sala del Senado aprobó el proyecto de ley que fortalece la protección de infraestructura crítica del país cuando exista peligro grave de ser afectada. La iniciativa que tuvo su origen en una moción de los senadores Carmen Gloria Aravena y Kenneth Pugh se aprobó en general con 28 votos a favor, 12 en contra y una abstención.
El objetivo de la iniciativa es el resguardo de elementos básicos como el agua, la luz o el acceso a la salud quedan bajo la protección de las Fuerzas Armadas, sin necesidad de decretar un estado de excepción constitucional o afectar derechos y garantías constitucionales, y sin alterar las funciones y facultades de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad.
El ministro del Interior, Gonzalo Blumel, valoró la decisión de la sala del Senado. “Lo que estamos haciendo es comprometer los instrumentos legales para que nuestra democracia esté más resguardada, más protegida, en su convivencia y en la forma en que los ciudadanos podemos ejercer nuestros derechos y nuestras libertades. Eso es precisamente lo que esta iniciativa y las iniciativas del Gobierno están haciendo”, afirmó la autoridad.
PROYECTO
La idea central del proyecto es que “cuando exista un grave peligro a la infraestructura crítica del país (el Presidente) podrá decretar que las Fuerzas Armadas se hagan cargo del resguardo de dicha infraestructura”.
Para ello, deberá dictar un decreto fundado, suscrito además por los Ministros de Interior y Seguridad Pública y de Defensa Nacional, pero esa medida no podrá extenderse por más de 30 días corridos y sólo podrá prorrogarse nuevamente por una sola vez con el acuerdo del Congreso Nacional.
De acuerdo a esta reforma, la infraestructura crítica comprende las instalaciones, sistemas o componentes de empresas o servicios, cualquiera que sea su naturaleza, finalidad o función, que atiendan servicios de utilidad pública cuya perturbación en su funcionamiento destrucción tendría un grave impacto sobre la población. Asimismo, el Gobierno, Congreso, el Poder Judicial y los órganos de la administración del estado se consideran en esa categoría.
No obstante, se deberá dictar una ley que determinará los órganos, empresas y servicios que quedarán comprendidos en esa categoría y mientras ello no ocurra, será un decreto supremo suscrito además por los ministros del Interior y de Defensa Nacional el que determine lo que se entenderá por infraestructura crítica.
El proyecto de reforma constitucional, pasó a segundo trámite constitucional.