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Colusión del confort: Corte Suprema multa a empresas y deberán pagar US$15 millones

El máximo tribunal del país revocó el beneficio de delación compensada que la Fiscalía Nacional Económica había otorgado a la CMPC.

La Corte Suprema acogió recurso de reclamación y  revocó la sentencia del Tribunal de la Libre Competencia aplicando  multas de 20.000 Unidades Tributarias Anuales a las empresas papeleras  CMPC Tissue SA y SCA ChIle SA por infracciones a la Ley de Libre Competencia .

En fallo de  la Tercera Sala del máximo tribunal- integrada por los ministros Sergio Muñoz Gajardo, María Eugenia Sandoval Gouet, Carlos Aránguiz Zuñiga  Jorge Dahm  Oyarzún y  Arturo Prado Puga (redactor)- acogió la reclamación de la empresa  SCA Chile S.A  y aplicó una multa a la empresa CMPC Tissue que había sido absuelta por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia  acogiendo la tesis que esta última no solo organizó la colusión del papel sino que coaccionó y forzó a SCA Chile S.A a participar en el cartel.

La sentencia considera que:  “el mérito de los antecedentes aparejados al proceso permite concluir que las amenazas efectuadas por CMPC resultan ser, en efecto, injustas, graves y determinantes. Así, es posible tener por demostrado que, mediante las intimaciones y apremios que CMPC efectuó en la especie, advirtió a Pisa ( antecesora de SCA Chile S.SA)  que, de no acatar sus predicamentos, la expulsaría del mercado, siendo del caso destacar que, como ya se dijo, dicha admonición provenía de la empresa líder y de mayor participación, con mucha diferencia, en el mercado de que se trata, de lo que se sigue que ese ultimátum revestía, como es evidente, caracteres de verosimilitud tales que la empresa menor, esto es, PISA, no pudo menos que verse enfrentada a un temor racional y fundado de que, llegado el caso, la empresa dominante cumpliera su amenaza y, efectivamente, le impidiera seguir interviniendo en el mercado de que se trata, generando su extinción comercial”.

Por lo tanto se decide: “se revoca el indicado fallo en la parte que exime a CMPC Tissue S.A. del pago de una multa, como responsable de la infracción al artículo 3° inciso primero e inciso segundo letra a) del Decreto Ley N° 109 compañía a pagar una multa equivalente a 20.000 (veinte mil) Unidades Tributarias Anuales, como autora de tal conducta ilícita”.

Talca Capital

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