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Experto en Transportes: “El uso de casco no debe ser obligatorio, sino recomendado”

El uso de la bicicleta ya dejó de ser netamente recreacional, pasando a ser un medio de transporte preferido por parte importante de la población, principalmente en ciudades donde promover las formas de transporte más limpias, seguras y eficientes se ha vuelto un objetivo primordial.

Frente a este escenario, Chile ha implementado políticas públicas que buscan mejorar las condiciones para los distintos modos de transporte, como la llamada Ley de Convivencia Vial o la reducción de la velocidad máxima en zona urbana de 60 a 50 Km/h. No obstante, estas medidas no consideran reevaluar el carácter obligatorio que actualmente tiene el uso de casco en ciclistas.

Así, una investigación realizada por el académico de la Facultad de Ingeniería y Tecnología de la Universidad San Sebastián, Carlos Melo, concluye que “una política pública adecuada debiese apuntar a recomendar y promover el uso de casco, pero no sancionar el no uso de este dispositivo”.

Tal como expone el ex Subsecretario de Transportes, existen al menos tres motivos para respaldar tal afirmación: el requerimiento de uso obligatorio de casco puede ser un desincentivo para el cambio modal hacia la bicicleta, lo que sería contradictorio con políticas de incentivar este medio de transporte; el hecho de que existan menos ciclistas en las calles aumenta el riesgo para todos los usuarios; y, además, el uso de casco obligatorio promovería comportamientos más riesgosos entre los automovilistas hacia los ciclistas.

“Por razones como estas es que, en 2010, Ciudad de México anuló la obligatoriedad del uso de casco para implementar el sistema de bicicletas públicas”, explica el experto. “Si consideramos que la bicicleta es un modo de transporte económico, accesible, que no genera congestión y además no emite gases de efecto invernadero, en Chile las políticas públicas debiesen apuntar a seguir promoviendo su uso y eliminar aquellas barreras que puedan estar frenando un uso masivo de la bicicleta; de manera tal que complemente las medidas que ya se han tomado hasta ahora para diversificar los modos de transporte”, opina, haciendo referencia al Artículo 80 de la Ley del Tránsito.

Pero esto no queda solo así. Según deja en evidencia el académico, “la normativa nacional obliga a que todo usuario de bicicleta en zonas urbanas utilice un casco, sin definir o establecer las condiciones de seguridad mínimas que este dispositivo debe garantizar”, debido a que no existen normas que homologuen las características que deben cumplir los cascos utilizados, como sí ocurre en la Unión Europea con la norma EN1078 o en Estados Unidos con la norma ASTM F1447-12 y F-1446-11ª.

Asimismo, acusa que “no existe en Chile información pública que permita estudiar la efectividad del uso del casco”. Frente a esto, dice que “para respaldar cualquier decisión con evidencia local, deben mejorarse y estandarizarse los procedimientos de recolección de información de accidentes en las calles”, que actualmente es responsabilidad de Carabineros de Chile, mientras que la recomendación es que lo hagan entidades especializadas.

Finalmente, el académico argumenta que “los siniestros viales son multicausales, razón por la cual no existe una solución única para este problema”. “Los dispositivos de autoprotección son solo una de las componentes de una política adecuada para la bicicleta, pero la gestión de la velocidad de otros modos de transporte y la infraestructura son factores más relevantes”, aclara.

Talca Capital

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